Toda sociedad inactiva tiene la obligación de presentar su declaración de renta correspondiente a los periodos 2020 y 2021 a más tardar el 15 de marzo de 2022. Esta presentación debe hacerse por medio del portal Administración Tributaria Virtual (ATV) en el sitio web oficial de Hacienda. Tomar en cuenta, que es deber del contribuyente mantener actualizados los datos de domicilio fiscal y de representante legal de la sociedad.
Recordemos que las sociedades inactivas son aquellas personas jurídicas inscritas en el registro público cuyo único fin es ser dueña de un activo (casa, terreno, vehículo personal, acciones u otros), por lo tanto, no desarrollan ningún tipo de actividad lucrativa, es decir, no se dedican a vender ningún bien o servicio.
Es importante aclarar que estas sociedades deben de estar inscritas ante la administración tributaria bajo el código de actividad No. 960113, denominado “personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costarricense”, de lo contrario no podrán presentar esta declaración.
Si tiene alguna consulta con respecto al proceso de presentación y sobre los requerimientos contables necesarios para completar este formulario, por favor no dude en contactarnos, para nosotros será un gusto poder ayudarles.
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